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2025. EMPRESARIAS. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESARIAS (AUTONOMAS Y PROFESIONALES) DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA

Diputación Provincial de Almería

Área de Bienestar Social, Igualdad y Familia

Servicio Jurídico y Administrativo de Igualdad y Familia

Subvenciones y Ayudas - Autónomos/as - 2025. EMPRESARIAS

Publicado: 11/12/2025
Concesión de subvenciones correspondientes a la convocatoria 2025
para apoyo a mujeres empresarias (autónomas y profesionales) de la
provincia de Almería.
NOTIFICACIÓN

En la Diputación de Almería se ha adoptado el acuerdo que se adjunta, contenido en documento cuya URL
de verificación es https://ov.dipalme.org/csv?id=03Kp2ewaYH1JqRt32xlFIw== . Lo que se le notifica para su
conocimiento y efectos.

Expediente: 2025/D70000/850-002/00172

No obstante, de conformidad con el artículo 192 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Diputación de Almería, se advierte que el acta comprensiva del acuerdo a que se refiere el presente
documento, aún no ha sido aprobada, por lo que el contenido del mismo queda a reserva de los términos
que resulten de la aprobación de aquélla.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 8, 25 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante,
podrá interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de
la Diputación de Almería, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación,
conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local. Se le indica que, si presenta el recurso de reposición, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición por el trascurso del plazo de un mes desde su
interposición. Los expresados recursos lo son sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro
que estime procedente.

Sin perjuicio del acceso electrónico a este documento a través de la dirección electrónica habilitada única,
disponible desde https://dehu.redsara.es y/o por medio de la sede electrónica de la Diputación de Almería,
accesible desde https://sede.dipalme.org ; se le informa, además, de que dicho documento podrá también
verificarse y validarse su firma desde la citada sede electrónica de la Diputación de Almería.

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